Derecho Bancario

Ejecuciones Dinerarias

Las ejecuciones dinerarias son procesos legales mediante los cuales una entidad bancaria busca recuperar deudas impagas por parte de sus clientes.

Las ejecuciones dinerarias en el ámbito bancario están reguladas por la Ley de Enjuiciamiento Civil y otras normativas legales que establecen los procedimientos para el cobro de deudas.

  • Incumplimiento de Obligaciones Financieras
  • Cuando un cliente incumple con sus obligaciones financieras, como el impago de un préstamo, una hipoteca o una tarjeta de crédito, la entidad bancaria puede iniciar un proceso de ejecución dineraria para recuperar la deuda pendiente.

  • Notificación al Deudor
  • Antes de iniciar la ejecución, el banco debe notificar al deudor sobre su situación de impago y otorgarle un plazo para regularizar su situación.

  • Proceso de Ejecución
  • Si el deudor no responde a las notificaciones o no realiza los pagos requeridos dentro del plazo establecido, el banco puede proceder con la ejecución dineraria. Esto implica presentar una demanda ante el tribunal competente para obtener una orden de pago o embargo de bienes.

  • Embargo de Bienes y Cuentas Bancarias
  • Una vez obtenida la orden judicial, el banco puede proceder con el embargo de los bienes del deudor, como cuentas bancarias, propiedades u otros activos.

  • Subasta de Bienes Embargados
  • En algunos casos, si el deudor no logra regularizar su situación después del embargo de sus bienes, estos pueden ser puestos en subasta pública para obtener fondos que cubran la deuda pendiente.

  • Recursos Legales
  • El deudor tiene derecho a presentar recursos legales contra el proceso de ejecución dineraria si considera que se han vulnerado sus derechos o si existen irregularidades en el proceso.

Ejecuciones Hipotecarias

Las Entidades Bancarias cuando prestan un dinero pueden constituir garantías que recaen sobre inmuebles.

Cuando el préstamo resulta impagado los Bancos pueden optar por ejecutar la garantía sobre la cual se ha constituido hipoteca.

El procedimiento que se sigue es un procedimiento específico regulado en la Ley Y Reglamento Hipotecario y la LEC, entre otra normativa.

También, con anterioridad a la interposición de la correspondiente demanda de ejecución hipotecaria, se deben realizar notificaciones al deudor y que deben cumplir con unas obligaciones en las comunicaciones que se realizan al deudor.

Es muy importante determinar si el prestamista es o no un Gran Tenedor y si el inmueble hipotecado y que va a ser objeto de ejecución se trata o no de la Vivienda Habitual.

También a la hora de interponer la demanda el prestamista (normalmente un Banco) deberá asegurarse si existen cláusulas abusivas en el contrato y cuándo puede proceder a su reclamación.

Es habitual en las escrituras de Préstamo Hipotecario que se indique que se puede declarar el vencimiento anticipado por el impago de una sola cuota o tres. No obstante actualmente, para no incurrir en sobreseimiento por vencimiento anticipado deberán existir al menos 12% cuotas impagadas o el equivalente al 3% del importe de la hipoteca.

El tipo de interés de demora así como el cobro de comisiones así como el valor de tasación a efectos de subasta del inmueble, son aspectos a tener en cuenta antes de la interposición de la demanda.

El Juzgado competente para conocer del proceso corresponde al partido judicial donde esté erradicado el inmueble.

El objetivo último de los procesos hipotecarios es la subasta pública del bien hipotecado.

Procedimientos Ordinarios

Los procedimientos ordinarios son procesos judiciales utilizados para resolver disputas civiles de cierta complejidad o cuantía.

  • Inicio del Proceso
    • El proceso ordinario se inicia con la presentación de una demanda ante el juzgado competente. La demanda debe contener una descripción detallada de los hechos, las pretensiones del demandante y las pruebas que se pretenden presentar en el juicio.
    • Una vez presentada la demanda, se notifica al demandado, quien tiene un plazo para contestar la demanda y presentar sus propias alegaciones y pruebas.
  • Audiencia Previa
  • Con carácter previo al inicio de la Audiencia Previa, el juzgador de instancia conmina a las partes a alcanzar un acuerdo que ponga fin al procedimiento y éstas deberán manifestar si ese acuerdo es posible o no.

    Posteriormente se efectúan alegaciones sobre las excepciones procesales y se clarifica el objeto del procedimiento y efectuar alegaciones complementarias, aclaratorias y efectuar alegaciones sobre hechos nuevos. Se fijaran los hechos controvertidos y se propondrán y aprobaran los medios probatorios.

    En los casos en los que se haya aprobado únicamente la prueba documental, no se suele señalar fecha para la celebración del Juicio quedando los autos a la espera de la Sentencia.

    En caso contrario, tras la audiencia se señala fecha para la celebración del juicio.

  • Sentencia
    • La sentencia del juez pone fin al proceso ordinario y resuelve las pretensiones planteadas por las partes. La sentencia puede conceder total o parcialmente las pretensiones del demandante, o desestimar la demanda si no se ha probado adecuadamente.
    • Las partes tienen derecho a interponer recursos legales contra la sentencia si consideran que se ha cometido un error de derecho o procedimiento durante el juicio.
Procedimientos Monitorios y Verbales

Los procedimientos monitorios y los procedimientos verbales, que son utilizados para resolver disputas civiles de menor cuantía o complejidad. Aquí te proporciono información detallada sobre ambos tipos de procedimientos:

  • Procedimiento Monitorio
    • Objetivo: El procedimiento monitorio tiene como objetivo principal la reclamación de deudas dinerarias, así como la reclamación de cantidades líquidas y determinadas, como facturas impagadas, cuotas impagadas, o cualquier otra cantidad que esté debidamente justificada y cuantificada.
    • Inicio del Proceso: El procedimiento se inicia mediante la presentación de una solicitud de requerimiento de pago ante el juzgado competente. En esta solicitud, el acreedor debe especificar la cantidad reclamada y aportar documentos justificativos de la deuda.
    • Requerimiento de Pago: Una vez admitida a trámite la solicitud, el juzgado procede a notificar al deudor el requerimiento de pago. El deudor puede oponerse al requerimiento de pago en un plazo determinado, en cuyo caso el procedimiento se convierte en verbal u ordinario, según el caso.
    • Consecuencias del Silencio o Consentimiento: Si el deudor no se opone al requerimiento de pago dentro del plazo establecido, se dicta un decreto de pago ordenando al deudor que pague la cantidad reclamada. Si el deudor no paga voluntariamente, se pueden iniciar medidas de ejecución forzosa para el cobro de la deuda.
  • Procedimiento Verbal
    • Objetivo: El procedimiento verbal se utiliza para resolver disputas civiles de menor cuantía o complejidad, como reclamaciones de hasta 6.000 euros.
    • Inicio del Proceso: El procedimiento se inicia mediante la presentación de una demanda verbal ante el juzgado competente. En la demanda, el demandante debe exponer de manera sucinta los hechos en los que basa su reclamación y las pretensiones concretas que formula.
    • Celebración del Juicio: Una vez presentada la demanda, se cita a las partes a una audiencia de conciliación y juicio. En esta audiencia, las partes pueden intentar llegar a un acuerdo y, en caso de no lograrlo, se celebra el juicio oral ante el juez.
    • Sentencia: El juez emite una sentencia en la que resuelve las pretensiones planteadas por las partes. Esta sentencia pone fin al proceso y puede ser apelada por alguna de las partes si considera que se han vulnerado sus derechos.
Cláusulas abusivas

Las cláusulas abusivas son disposiciones contractuales que, contrariamente a las exigencias de la buena fe, causan un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor o usuario. En Cataluña, al igual que en el resto de España, estas cláusulas están reguladas por la Ley de Condiciones Generales de Contratación y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

  • Definición y Características
    • Una cláusula se considera abusiva cuando genera un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor.
    • Algunas características comunes de las cláusulas abusivas incluyen la falta de transparencia, la imposición de condiciones desproporcionadas o injustas, y la creación de obstáculos para el ejercicio de los derechos del consumidor.
  • Ámbito de Aplicación
    • Las cláusulas abusivas se pueden encontrar en una variedad de contratos de consumo, como contratos de préstamo hipotecario, contratos de telefonía móvil, contratos de seguros, entre otros.
    • Estas cláusulas pueden ser impuestas por empresas o profesionales en contratos de adhesión, donde el consumidor no tiene la posibilidad de negociar las condiciones del contrato.
  • Tipos de Cláusulas Abusivas
    • Algunos ejemplos de cláusulas abusivas incluyen las cláusulas suelo en contratos hipotecarios, que establecen un límite mínimo al interés variable, las cláusulas de vencimiento anticipado que permiten al prestamista dar por vencido el contrato en caso de impago de una cuota, y las cláusulas de renuncia a acciones legales por parte del consumidor.
  • Protección Jurídica
    • La legislación española establece que las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho y no vinculan al consumidor.
    • Los consumidores tienen derecho a solicitar la nulidad de una cláusula abusiva y a reclamar la restitución de los derechos y prestaciones que hayan sido afectados por dicha cláusula.
  • Control Judicial
    • Los tribunales tienen la facultad de examinar de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos y pueden declararlas nulas si se constata su carácter abusivo.
    • La jurisprudencia en España ha establecido criterios para determinar la abusividad de una cláusula, como el nivel de transparencia, la existencia de desequilibrio entre las partes y la incorporación efectiva de la cláusula en el contrato.
  • Acciones Legales
    • Los consumidores pueden ejercer acciones legales para impugnar cláusulas abusivas, ya sea a través de un procedimiento judicial ordinario o a través de mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos, como la mediación o el arbitraje.